A través de ENISA, Empresa Nacional de Innovación, y una vez nos hayan denegado la financiación por los «medios ortodoxos» (Bancos), podemos recurrir a ésta empresa de capital público adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para solicitar financiación tanto para el inicio de nuestro negocio como para la ampliación de nuestra empresa.
El tipo de ayuda que ofrece ENISA suelen ser líneas en forma de Préstamos Participativos. Actualmente, se encuentra abierta una línea de financiación para emprendedores. Las condiciones y forma de solicitud, son las siguientes:
Objetivo
Estimular la creación de empresas promovidas por jóvenes empresarios, facilitando el acceso a una financiación preferente con la única garantía de su proyecto empresarial. Enfocado a la Adquisición de activos fijos y activo circulante para el desarrollo de la actividad.
Quién puede acceder a estos préstamos participativos:
Todas aquellas PYME que cumplan los siguientes requisitos:
- Ejercer su actividad y realizar la inversión objeto del préstamo, en el ámbito territorial español.
- Deberán constituir una sociedad mercantil o en caso de ya existir la constitución de la sociedad como máximo en los veinticuatro meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- El plan de empresa deberá incluir aspectos innovadores, bien relacionados con el producto y/o servicio, su producción, comercialización, gestión, etc.
- Firma de los promotores como compromiso e implicación del empresario en su proyecto empresarial.
- Ser PYME con forma societaria, conforme a la definición establecida en la Recomendación de la Comisión de la Unión Europea, de 6 de agosto de 2008.
- Estar enmarcada en cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y el financiero.
- Importe máximo del préstamo: 50.000€.
- Tipo de interés mínimo (fijo): Euribor a un año + 2,0%.
- Tipo de interés variable: Se determinará en función de la rentabilidad financiera de la empresa.
- Tipo de interés total: fijo + variable = 6%
- Comisión de apertura: 0,5%
- Gastos de estudio: 0%.
- Coste de las garantías: no precisa aval.
- La empresa beneficiaria deberá aportar, en forma de recursos propios, al menos un 15% de la cuantía del préstamo recibido por ENISA. Las aportaciones podrán ser dinerarias o no dinerarias, siempre y cuando éstas últimas no superen el 50% de la aportación a cargo de la sociedad beneficiaria.
- Periodo máximo de amortización: 4 años.
- Carencia: 6 meses para la amortización del capital, no de los intereses.
- La edad de quien o quienes ostenten la mayoría de la empresa sea como máximo de 35 años.
- En el supuesto de amortización anticipada del préstamo, se satisfará una comisión del 2% de la cantidad amortizada.
- A través de las Asociaciones de Jóvenes Empresarios
- A través de los CEEI´s miembros de ANCES
- A través de Pimec
- Rellenado el cuestionario directamente en la web de Enisa