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La Licencia Comercial Exprés para emprendedores entrará en vigor en Junio.

Buenas noticias para los emprendedores que tengan pensado abrir un negocio y le asusten los largos y cansinos trámites burocráticos. El Gobierno sustituirá el permiso municipal de apertura por una declaración responsable del emprendedor y un informe técnico.

La licencia municipal de apertura de comercios es un sistema que actualmente se ha quedado desfasado, por lo que a partir de junio, los emprendedores de cualquier provincia de España que quieran abrir un negocio, ya no tendrán que pedir permiso al ayuntamiento, evitando de esta forma un trámite que hoy día puede retardar una media de entre 6 meses y 1 año la apertura de un nuevo negocio.



Esta licencia provoca unos retrasos que obstaculizan la creación de nuevos puestos de trabajo, además de la inversión de los autónomos. Con la reforma de esta licencia, se sustituirá el trámite por un control «a posteriori».

Para abrir un negocio de hasta 300 metros cuadrados tanto en una ciudad como en un pueblo, bastará una simple declaración responsable por parte del emprendedor, en la cual se diga que cumple con la normativa vigente, además de un informe técnico elaborado por un experto (arquitecto o ingeniero industrial) que certifique el correcto funcionamiento para la apertura.

El emprendedor, únicamente deberá aportar esta documentación en su ayuntamiento y pagar las tasas municipales. A partir de ese momento, ya podrá abrir el negocio y comenzar a atender a sus clientes. De esta forma, el trámite burocrático de apertura de nuevos negocios quedará reducido a unos días o semanas máximo.

Posteriormente, un funcionario se encargará de visitar el negocio e inspeccionar si éste cumple con todos los requisitos exigidos en materia urbanística, sanitaria, medioambiental, etc…

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En caso de incumplir cualquiera de estos requisitos llegaría la parte en la que el emprendedor deberá sacar la chequera para hacer frente a una fuerte sanción.

El único requisito para poder beneficiarse de esta reforma, será que la titularidad corresponda a una pyme, por lo que, no estarán incluidas grandes superficies y centros comerciales, aunque sí estarían incluidas las franquicias.

A. Carlos González
Autor de "Cenizas de Prosperidad", Apasionado de las ventas, las finanzas, estratega empresarial, entusiasta del desarrollo personal y algunas cosas más

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