A partir de diciembre de este año (2012) entrarán en vigor los cambios en la normativa para la permanencia de una compañía dentro del selecto índice Ibex35. Para poder entrar en el Ibex, una empresa, entre otras cosas, debe tener como requisito una capitalización aceptable. Con la nueva normativa, la capitalización bursátil también será motivo de expulsión del índice.
Uno de los requisitos que se pedían hasta ahora para que una compañía pudiera cotizar en el Ibex35, era que su capitalización media computable en el índice fuera superior al 0,30% de la capitalización media del índice durante el periodo de control. Esta condición se sigue manteniendo, aunque hasta ahora no tienen establecida una condición de capitalización mínima para la permanencia de los valores en el Ibex 35 una vez que forman parte de éste.
A partir de diciembre comenzará a tenerse muy en cuenta. Si la capitalización media computable de una compañía fuera inferior al 0,30% de la capitalización media del índice durante dos periodos de control consecutivos, podrían expulsar a la compañía del Ibex. Los periodos de control se realizan trimestralmente.