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Reforma Laboral 2012. A fondo.

Una vez puesta en marcha la reforma laboral con sus correspondientes críticas, pasemos a analizarla detalladamente.

La estrategia de esta reforma laboral es dar confianza al empresario y emprendedor. Es ayudarle a perder el miedo a contratar y hacer contratos fijos. Esto se consigue con ayudas a la contratación y abaratando el despido. En la teoría podría funcionar si los empresarios aprovecharan la reforma para lo que en sí se ha creado (fomentar el empleo), aunque en la práctica, si los empresarios la usan para tirar por el camino más fácil, se podría producir el efecto contrario, y es buscar rentabilidad descargando la plantilla de trabajadores, ya que ahora el despido se encuentra de oferta (por el mismo precio, puedes despedir un colectivo mucho mayor).

Si eres empresario, ¿qué beneficios y bonificaciones tienes con esta reforma laboral?

Pymes de menos de 50 trabajadores y autónomos que contraten a un trabajador menor de 30 años, podrán recibir bonificaciones de hasta 3,600€ por hacer un contrato indefinido. Del mismo modo, hasta 4,500€ por contratar parados de larga duración mayores de 45 años.

¿Puedo bajar el sueldo a mis trabajadores?

La “cuantía salarial” se incluirá entre las condiciones de trabajo que la dirección de la empresa puede acordar “por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción”. Entre esas razones están “las relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa”. Esa definición afecta a los trabajadores con sueldos por encima de los mínimos de convenio de su categoría. Es decir, podrás bajar salarios si alegas razones de competitividad.

¿Por qué motivos puedes despedir a un trabajador con 20 días de indemnización por año trabajado?

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Si tienes más pérdidas, menos ingresos o menos ventas durante tres trimestres seguidos, podrás recurrir al despido procedente (aunque tengas beneficios), que solo establece una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Eso sí, ahora todos los despidos son procedentes a no ser que el trabajador demuestre lo contrario.

Antiguamente ya se incluían las causas económicas como causas objetivas de despido. Ahora ya no se habla sólo de pérdidas, sino también de ingresos y ventas, y se precisa el plazo a esos tres trimestres.
Otros detalles de al reforma laboral.

1. Se creará un nuevo contrato indefinido con un año de prueba que podrán utilizar los autónomos y las pymes con menos de 50 trabajadores y además gozarán de una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años.

Dicho contrato tendrá que ser en jornada completa y en el caso de que se haga a un desempleado deberá estar cobrando la prestación durante al menos tres meses antes de su incorporación, por lo que la bonificación aumentaría a 3.600 euros. Si se trata de un parado de larga duración, la bonificación será de 4.500 euros. El trabajador, de forma voluntaria, podrá compatibilizar el cobro del salario con el 25 % de su prestación por desempleo.
2.  Convenios: Los empresarios que tengan dificultades económicas podrán desvincularse del convenio que regule su sector y decidir las nuevas condiciones de trabajo. En caso de no llegar a un acuerdo con los representantes de los trabajadores, podrán acudir a la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos para su resolución. 
3. Disposición laboral: Este punto lo vamos a tratar en un lenguaje más coloquial para que todo el mundo lo entienda.
Con la reforma laboral, el empresario puede cambiar el horario del trabajador, la zona geográfica de trabajo del empleado y elegir cuando se toma las vacaciones el trabajador, pues ahora se adaptarán las vacaciones al criterio de la empresa. 
4. ¿Cuánto puedes ponerte enfermo?: Según el nuevo estatuto, la empresa puede despedirte sin derecho a indemnización si faltas al trabajo de manera justificada (JUSTIFICADA) el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o el 25% en cuatro meses discontinuos en un plazo de doce meses
¿Se creará empleo gracias a esta reforma?
Sin divagar demasiado responderé dando mi punto de vista personal. En principio se va a destruir empleo, y más adelante puede que se cree empleo o puede que no. En caso de no crearse empleo, a poca gente cogerá por sorpresa, y en caso de crear empleo, ¿podríamos llamarlo empleo de calidad?, ¿Con qué seguridad saldrá a consumir un trabajador que sabe mañana podrá ser despedido si no acepta un cambio de jornada laboral, un traslado o una bajada de sueldo?. Una cosa está clara, y es que no vienen tiempos para trabajar por cuenta ajena, sino para ser emprendedor. Quizás esa sea la parte que me gusta personalmente de esta reforma. 
En resumen: Como podemos ver, las ventajas para empresarios y nuevos emprendedores son incontables, pues lo cierto es que se da toda la facilidad del mundo para contratar y despedir. Las ventajas para los trabajadores…pues…aún no las hemos encontrado.
Y tú, ¿qué opinas de la reforma?
A. Carlos González
Autor de "Cenizas de Prosperidad", Apasionado de las ventas, las finanzas, estratega empresarial, entusiasta del desarrollo personal y algunas cosas más

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