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Estas son todas las ayudas del Gobierno que pueden solicitar las personas sin ingresos, autónomos, desempleados y empresas.

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A raíz de la crisis sanitaria que ha provocado que la economía se detenga, el Gobierno ha diseñado un paquete de ayudas para paliar el efecto negativo para las personas y sectores vulnerables. Desde desempleados, afectados por los ERTEs, pymes y autónomos, estas serían las ayudas del Gobierno destinadas a las distintas piezas del tablón de afectados.

Ayudas del Gobierno para personas sin ingresos.

1. Ingreso mínimo vital

Se podrá solicitar a partir de mayo.

¿Qué es esta ayuda?

Es una renta básica que busca proteger a las personas y hogares más vulnerables y más necesitadas. La cuantía ronda los 500 euros y se plantea añadir 150 euros adicionales por cada hijo a cargo.

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Podrán pedir el ingreso mínimo vital:

  • Personas solas cuyos ingresos esté por debajo de los 200 euros.
  • Familias que puedan acreditar que sus ingresos están por debajo de los 450 euros.

¿Es compatible con otras ayudas?

Si bien el ingreso mínimo vital puede ser compatible con otras prestaciones autonómicas, no es compatible con otras ayudas que haya puesto en marcha el Gobierno desde el 14 de marzo, fecha en la que se declaró el estado de alarma.

¿Dónde y cómo se puede solicitar esta ayuda?

Los trámites para solicitar dicha ayuda aún no han sido definidos por el Gobierno. En los próximos días o semanas sabremos cómo se puede acceder a esta renta básica. (Estaremos actualizando la información)

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Otras ayudas del Gobierno para proteger a las familias vulnerables.

 

2. Ayudas relacionadas con la vivienda.

Mientras dure el estado de alerta queda terminantemente prohibido el corte de suministro de agua, luz y gas para aquellos hogares vulnerables. También se prorroga automáticamente el bono social para aquellos beneficiarios pendientes de renovar la solicitud hasta el 15 de Septiembre, pudiendo llegar hasta el 40% de descuento en la factura eléctrica.

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3. Hipoteca.

Los trabajadores que se queden en paro o pierdan una parte sustancial de sus ingresos (al menos el 40 %) y los empresarios cuyas ventas se vean mermadas por la situación  podrán aplazar el pago de su hipoteca hasta el 3 de mayo. Esta moratoria sólo  aplica para la vivienda habitual.

4. Alquileres

El Gobierno articula ayudas al alquiler, suspende los desahucios en seis meses y los contratos se renovarán automáticamente por medio año si caducan ahora. Se podrán solicitar microcréditos al 0% de interés a devolver hasta en 10 años y el Estado asumirá la deuda si se mantiene la situación de vulnerabilidad.

¿Quién puede acceder a las ayudas de alquiler?

Las ayudas de alquiler están dirigidas a personas en situación de vulnerabilidad económica debido a esta crisis. Entre ellas estarían:

  • Desempleados.
  • Personas afectadas por un ERTE
  • Personas que hayan reducido su jornada laboral por algunos motivos, como puede ser el cuidar a una persona dependiente u otra circunstancia.

Los grandes arrendatarios, como los fondos de inversión, deberán elegir entre cobrar la mitad de la renta o restructurar la deuda a plazos.

5. Rescatar el plan de pensiones.

Podrán rescatar el plan de pensiones…

  • Personas afectadas por un ERTE
  • Autónomos que hayan cesado su actividad.
  • Aquellos casos en los que ya se cumplen otros requisitos previos al estado de Alarma (desempleados, personas financieramente vulnerables…).

6. Ayuda para trabajadores temporales.

Subsidio extraordinario de 440 euros para aquellos trabajadores que no tenían derecho a cobrar el paro.

7. Para empleadas del hogar.

Las empleadas del hogar podrán recibir una ayuda del 70% de su base de cotización.

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Ayudas para autónomos y pymes.

 

8. Aplazamiento de cuotas a la Seguridad Social.

Los autónomos y empresas podrán aplazar durante 6 meses el pago de sus cuotas a la seguridad social. por otra parte se aplaza el pago de deudas hasta el 30 de Junio de 2020. Si no existían deudas anteriores al estado de alarma no se generará interés por la deuda.

Los autónomos podrán solicitar la devolución de las cuotas por los días no trabajados.

Aquellos autónomos que hayan visto interrumpida o reducida su actividad tienen derecho a una prestación que podría llegar hasta los 950 euros.

Las empresas siguen obligadas a pagar las cotizaciones a tiempo, así como a dar de baja y de alta a los trabajadores en la Seguridad Social.

6 Consejos de negocios para autónomos o profesionales independientes.

9. ERTE.

El Gobierno ha facilitado los trámites para presentar un expediente de regulación de empleo (ERTE) pudiendo exonerar de las cotizaciones sociales desde un 75 al 100%. Acogerse a esta medida obliga a la empresa a comprometerse a mantener el empleo 6 meses después de retomar la actividad.

Las empresas de menos de 50 trabajadores no tendrán que pagar las cotizaciones. Los negocios con un solo trabajador también podrán acogerse a esta medida.

10. Ayudas para los agricultores.

Los desempleados, trabajadores con subsidio agrario, renta agraria o con prestación por desempleo podrán trabajar en el campo sin perder el paro. También los extranjeros a los que se les renovará el permiso de trabajo si finalizan antes del 30 de junio, y a los jóvenes extranjeros de entre 18 y 21 años a los que se les expedirá el permiso de trabajo

Ver también:  Esto no es capitalismo. Es una mierda, pero no es capitalismo.

Los agricultores que pidieron préstamos para afrontar la sequía de 2017 podrán pactar con los bancos un año de carencia y prolongar el periodo de amortización. El Ministerio asumirá el coste de los avales.

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A. Carlos González
Autor de "Cenizas de Prosperidad", Apasionado de las ventas, las finanzas, estratega empresarial, entusiasta del desarrollo personal y algunas cosas más

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